Herencia sin Testamento en Chile: Pasos y Documentos Necesarios

Guía paso a paso para tramitar una herencia intestada en Chile. Quiénes son herederos, qué documentos se necesitan y cuáles son los plazos.

La gran mayoría de los chilenos fallece sin haber otorgado testamento. Cuando esto ocurre, se produce lo que el derecho denomina una sucesión intestada o ab intestato: la herencia se distribuye según las reglas que establece el Código Civil, sin considerar la voluntad expresada por el causante.

Entender cómo funciona este proceso es fundamental para que los herederos puedan actuar con rapidez y seguridad.

¿Quiénes son herederos cuando no hay testamento?

El Código Civil chileno establece un orden de sucesión que determina quiénes heredan y en qué proporción. Este orden está conformado por distintos grupos llamados órdenes de sucesión:

  1. Primer orden — Hijos y cónyuge o conviviente civil: Los hijos llevan la mayor parte de la herencia. El cónyuge o conviviente civil sobreviviente tiene derecho a una porción equivalente al doble de lo que le corresponde a cada hijo. Si no hay hijos, el cónyuge o conviviente hereda junto con los padres del causante.

  2. Segundo orden — Ascendientes y cónyuge o conviviente civil: Si no hay hijos ni descendientes, heredan los padres (u otros ascendientes) junto con el cónyuge o conviviente.

  3. Tercer orden — Hermanos: A falta de los anteriores, heredan los hermanos del causante.

  4. Cuarto orden — Otros colaterales: Sobrinos, tíos y otros parientes hasta el sexto grado.

  5. Quinto orden — El Fisco: Si no hay herederos en ninguno de los órdenes anteriores, los bienes pasan al Estado.

Es importante considerar que los hijos, sean matrimoniales o no matrimoniales, tienen exactamente los mismos derechos hereditarios desde la reforma del año 1998.

Documentos necesarios para la posesión efectiva intestada

El trámite principal que inician los herederos es la posesión efectiva, que se solicita ante el Registro Civil. Los documentos requeridos son:

  • Certificado de defunción del causante (vigente)
  • Certificados que acrediten el parentesco: certificados de nacimiento de los hijos, certificado de matrimonio si hay cónyuge, certificado de acuerdo de unión civil si hay conviviente
  • RUT del causante y de todos los herederos
  • Inventario de bienes del causante: es conveniente incluir inmuebles (con roles), vehículos (con patente), cuentas bancarias y otros activos relevantes

Si hay bienes inmuebles, también se recomienda tener a mano los números de roles de avalúo fiscal y las certificaciones de dominio vigente del Conservador de Bienes Raíces.

Pasos para tramitar la herencia intestada

1. Solicitar la posesión efectiva ante el Registro Civil

El trámite puede iniciarse en línea a través del portal del Registro Civil o presencialmente en cualquier oficina. Una vez aceptada la solicitud, se publica un aviso en el Diario Oficial durante tres días hábiles para dar oportunidad a otros posibles herederos a manifestarse.

2. Obtener la resolución

Transcurrido el plazo de publicación, el Registro Civil dicta la resolución que concede la posesión efectiva a los herederos declarados.

3. Inscribir la posesión efectiva

La resolución del Registro Civil debe inscribirse en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas y, si hay inmuebles, en el Conservador de Bienes Raíces donde estén ubicadas las propiedades. En esta etapa, los inmuebles quedan inscritos a nombre de todos los herederos en comunidad.

4. Pagar el impuesto a las herencias

Dentro del plazo de dos años desde la fecha de fallecimiento del causante, los herederos deben presentar y pagar la declaración del impuesto a las herencias ante el SII. Pasado ese plazo, el impuesto se recarga con intereses y multas.

5. Liquidar o mantener la comunidad

Una vez inscrita la herencia, los herederos pueden decidir si dividen los bienes (mediante acuerdo extrajudicial o juicio de partición) o si mantienen la comunidad hereditaria por un tiempo.

¿Qué pasa si no se tramita la herencia?

No tramitar la posesión efectiva tiene consecuencias prácticas y económicas importantes:

  • Los herederos no pueden vender, hipotecar ni donar los bienes del causante
  • Los bancos y entidades financieras no liberan cuentas ni depósitos sin la posesión efectiva
  • Las multas e intereses del impuesto a las herencias se acumulan con el tiempo
  • En caso de fallecimiento de un heredero sin haber tramitado la posesión efectiva, el trámite se complejiza considerablemente

Tramitar la herencia a tiempo no solo es una obligación legal, sino la forma de proteger el patrimonio familiar.


Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoría legal. Cada caso presenta particularidades que requieren análisis individualizado. Contáctenos para una evaluación de su situación específica.